OPCIÓN #1: Consiste en hacer un ejercicio de "introspección" y preguntarnos ¿qué podemos hacer cada una de las personas, desde nuestra posición como empleadas o empleados públicos, para impulsar la igualdad de trato y no discriminación? Os pedimos que redactéis una reflexión libre (tanto en extensión como en formato) en vuestros Diarios de Aprendizaje, y la entreguéis como tarea.
Como ya comenté en mi primera tarea, he tenido por desgracia mucho tiempo y ocasiones para hacerme a mí misma esta pregunta debido a mi destino anterior en Extranjeria. En realidad podría hacer una redacción de dos líneas y sería suficiente: lo que podemos hacer desde nuestra posición de funcionarios públicos para impulsar la igualdad de trato es ser más empáticos. Como diría Kant, aún a riesgo de ser pedante "obra sólo según una máxima tal que puedas desear a su vez que esta sea elevada a ley universal". Me aprendí el imperativo categórico con 18 años y he intentado hacer de él un lema de vida. Pero indudablemente nada es tan sencillo.
Por desgracia creo que la mejor forma de impulsarlo son las sanciones. Hablo de que la función pública la impulse dentro de sus propios funcionarios, porque si la desigualdad empieza dentro de la propia administración, ¿cómo vamos a aspirar a que el resto de la sociedad sea igualitaria? Me comentaba un amigo que vivió en Londres durante un tiempo en los 90 y trabajó como conductor de autobús que si un conductor hacía un comentario racista o machista a cualquier ciudadano quedaba automáticamente despedido. Lo mismo debería ocurrir en la administración. Pero no es así. Al menos puedo afirmar que no lo es en la oficina donde yo trabajaba. Y para impedirlo la única forma es tener la constancia completa de que el encargado de la oficina no va a tener ni la más mínima complicidad con la gente que actua de esta manera. Tolerancia cero. Se consentían comentarios e incluso actitudes abiertamente racistas y por supuesto machistas.
Una de las faltas muy graves del código disciplinario de los funcionarios públicos es la siguiente:
- b) Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso moral, sexual y por razón de sexo.
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